Fuente: ADN
El Bolsón.- La
procuradora general del Poder Judicial
de Río Negro, Liliana Piccinini, emitió nuevo dictamen vinculado al pedido
de amparo colectivo solicitado por la “Asamblea en defensa de la tierra y el
agua” de El Bolsón, según se informó oficialmente este mediodía. El
pronunciamiento judicial se da el marco de la causa judicial de amparo
colectivo que se tramita ante el Superior Tribunal de Justicia, en relación al
reclamo de estudio de impacto ambiental del proyecto turístico de actividades
de montaña en Cerro Perito Moreno.
La jefa de los fiscales rionegrinos recordó que la
organización ambientalista interpuso una acción de mandamus contra el ex
Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) por considerar que “se han
violado por omisión las disposiciones legales vigentes relativas a la audiencia
pública, previa a la
Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), solicitando que se ordene
la realización de la misma y en consecuencia se decrete la nulidad de la
resolución 559/11 del CODEMA y todo lo resuelto en consecuencia por otro
organismo provincial y/o municipal”.
Piccinini consideró lo siguiente: “Atento a la evolución de
lo acontecido hasta la fecha, al cumplimiento errático de la cautelar de no
innovar y la prevalencia de los principios protectorio y precautorio, pilares
de la cuestión ambiental; teniendo en miras lo dispuesto por los artículo 2 inciso.a), 3 inc.a),4 inc.a)
de la ley k-2779, arts. 84 y 85 de la Const. Pcial., ley 26331 y arts. 41 y 43 de la C.N.; leyes M3266 y Q3552;
entiendo que el Superior Tribunal debe hacer lugar al amparo colectivo
disponiendo”.
a) El correcto
encaminamiento de las autorizaciones, certificaciones, verificaciones y todo
trámite conducente en la esfera Municipal,
en cumplimiento de su legislación orgánica, ambiental y de uso del
suelo;
b) La realización
del DIA y audiencia pública conforme lo establece la normativa vigente en el
ámbito autónomo del Municipio
(Ord.261/03) y sin perjuicio de la consulta que pueda solicitarse en
orden a lo normado por el art.135 de dicha norma a las autoridades provinciales
dedicadas a la temática.
c) En atención a
lo precedentemente solicitado, estimo que V.E. debe ordenar se deje sin efecto,
de modo definitivo el estudio de impacto ambiental que fuera materia de la
resolución 559/11 del Ex Codema.
Al momento de emitir su dictamen, Piccinini señaló que “expresé inicialmente
que tanto la Res.
559/11 del CODEMA (hoy Secretaría de Medio Ambiente), como los Proyectos
presentados por el Grupo Laderas constituido por las empresas Laderas del
Paralelo 42 S.A. y Laderas del Perito Moreno S.A., se plasmaron en el marco del
Expediente “EIA s/ proyecto centro de actividades de montaña en Cerro Perito
Moreno-Grupo Laderas”, dentro de la órbita administrativa del Poder Ejecutivo
Provincial. Consiguientemente dichas actuaciones no debieron ni pudieron ser
puestas a consideración y decisión de los poderes municipales, sin ingresar en
debida forma a dicho ámbito.”
Añadió que “esta cuestión, que puede presentarse en un muy
ligero análisis como un mero preciosismo formal, es de gravedad institucional,
pues se soslayan los ordenes institucionales y se vulnera la autonomía del
Municipio.”
Se recordó que la procuradora general emitió anteriormente
dos dictámenes favorables en acciones promovidas por la “Asamblea en defensa de
la tierra y el agua”. Uno de ellos respecto a la legitimación del accionante y
la naturaleza jurídica de la acción intentada; se resolvió enmarcarla dentro
del amparo colectivo (ley k-2779), reconociendo legitimación activa al
presentante y el otro, referido a la medida cautelar de no innovar respecto del
proyecto contenido en la resolución 599/2011 del CODEMA, suspendiendo todo
tramite administrativo que se lleve adelante ante cualquier organismo de Río
Negro, hasta tanto la presente acción se encuentre en condiciones de ser
resuelta”.
Nota relacionada: Conflicto en El Bolsón: “Laderas divide”
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