Fuente: “La
Tijereta” *
El Ejecutivo ha eliminado del anteproyecto original de
reforma del Código Civil un artículo
sobre el acceso al agua potable y segura como derecho humano fundamental, a
pesar de que la inclusión de este derecho había sido reafirmada por diferentes
organizaciones y juristas en las audiencias públicas. “Cuál es la intención que
se esconde detrás de esta omisión deliberada. A pesar de que parezca una
cuestión meramente enunciativa, que esté expresamente garantizado como un
derecho humano el acceso al agua, tiene implicancias prácticas muy concretas”,
explicó Viale, sobre todo en cuestiones a establecer prioridades en el uso del
recurso y restringir su privatización.
Asimismo, también se proponía, por parte de los abogados
ambientalistas, la modificación de la delimitación del dominio privado de las
aguas para garantizar la protección del recurso hídrico, incorporando otras
aguas como bienes de dominio público o bienes comunes, incluyendo los
glaciares, humedales, todos los lagos navegables o no, y las algunas en tierras
de propiedad del Estado. Sin embargo, luego de las audiencias públicas, “uno de
los pocos avances que hemos logrado es que los glaciares sean bienes de dominio
público. No es menor, pero ya estaba la
Ley de Glaciares, por eso se aceptó” para su inclusión como
tal en el Código Civil.
Con respecto al camino de sirga, “tal como está redactado el
proyecto de modificación del Código Civil, sólo los dueños colindantes con ríos
públicos podrán acceder y gozar de sus costas. No sólo reduce de 35 a 15 metros esta
restricción al dominio, es decir, apenas se sancione el Código Civil va a haber
miles y miles de kilómetros que vamos a perder, pero además suprime el carácter
de calle o camino público esa franja de terreno, lo que aniquilaría la
posibilidad de acceder al mismo por parte de los demás ciudadanos”.
• De lunes a
viernes, de 9 a
13, por Radio Kalewche (Esquel)
Nota relacionada: Opinión: "Desmercantilizar la naturaleza. El proyecto de reforma del Código Civil", por Enrique Viale
0 Comentá esta nota:
Publicar un comentario