domingo, julio 14, 2013

Ante a Justicia federal: la madre de César Monsalvez pidió urgente protección para toda su familia

Por Pablo Blanco

Desde la Comisión contra la Impunidad y por la Justicia en Chubut, les enviamos este documento que es copia del original que fuera presentado por la madre de Cesar Monsalve el viernes 12 de julio por la mañana en la justicia federal, sede Rawson.

Señor Juez Federal:

Cintia Verónica MONSALVEZ, madre y representante natural de CESAR ADRIAN MONSALVEZ, desaparecido forzadamente a partir del 27 de mayo de 2013 en la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, República Argentina, ante V.S. me presento y respetuosamente digo:

I. Vengo a solicitar que de manera urgente se adopten medidas de protección a la vida, libertad e integridad a favor del grupo familiar de César Adrián Monsalvez, compuesto por su abuela Marta Isabel Monsalvez, quien se domicilia en la ciudad de Trelew junto a los tíos de César Adrián, Brenda Yanet Monsalvez, quien cursa un embarazo de 7 meses y medio, de 23 años de edad, y Alejandro Norberto Sayes, de 19 años de edad; los hermanos de César Adrián, Claudio Dario Monsalvez, de 12 años de edad y Bruno Walter Daniel Monsalvez, de 9 años de edad; a favor del tío de César Adrián que se domicilia en el Barrio INTA de Trelew, Dario Manuel Rodriguez, junto a su compañera sentimental Lorena Epuya y madre de sus hijas Celia Aylen Rodriguez, de 9 años de edad, Antonella Magali Rodriguez, de 5 años de edad y Angelina Valeria Rodríguez, de 3 años de edad, a cuyo favor también solicito las medidas de protección.

Asimismo, solicito también las medidas de protección a la vida, a la libertad y a la integridad a favor de mi compañero sentimental Sergio Kubisen y padre de mis hijos y hermanos de César Adrián, Ezequiel Kubisen, de 3 años de edad y Alex Kubisen de 1 año y 5 meses de edad, alcanzándome dichas medidas.

II. Fundo tal petición en que desde que sucediera los aberrantes hechos en enero de 2011, cuando un joven de 16 años fuera detenido ilegalmente y abusado sexualmente en la Seccional Segunda de Policía de la ciudad de Trelew – causa ALMONACID- y mi hermano y tío de César Adrián, Bruno Rodríguez, fuera testigo de dichos hechos, nuestra familia fue permanentemente amenazada y hostigada por personal policía de la Provincia del Chubut. Denunciamos estos hechos al Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chubut y nos aseguraron que iban a tomar medidas para la protección a nuestros derechos a la vida y integridad. Sin embargo, Bruno fue asesinado en marzo de 2011.

Luego del asesinato de Bruno, continuamos siendo hostigados y amenazados por personal policial. En una ocasión varios policías dentro de un móvil policial, pasaron frente a la casa de Marta, donde vivía César Adrián, y le gritaron que retirara la ‘Cámara Gessel’, donde se había grabado el testimonio de Bruno contra el personal policial en la causa ALMONACID. El Fiscal provincial Dr. Mazza se presentó en el domicilio de Marta y le tomó la denuncia y le aseguró que iba a tomar medidas para su protección y la del grupo familiar.

Tal como ya afirmara en mi presentación de fecha 10 de julio de 2013 ante V.S., tomamos conocimiento que jamás se había adoptado ninguna medida de protección a nuestro favor, cuando la desaparición de César Adrián alcanzara estado público.

Hemos escuchado al Secretario de Seguridad de la Provincia del Chubut, señor Glinski, afirmar que tampoco Bruno estaba en algún programa de protección.

Concretamente, en el día de la fecha 12 de julio de 2013, alrededor de las 8:00 am, un móvil policial estacionó frente al domicilio de Marta Isabel Monsalvez y un personal policial golpeó fuerte y al salir Marta, el hombre de manera prepotente le gritó: “Llame a Sayes. Dale, dale. Que se vista, que se levante, que lo tengo que llevar para hacerle una compulsa”, en alusión a Alejandro Norberto Sayes, de 19 años de edad. Mi madre, Marta, le respondió: “Ustedes no se van a llevar a nadie, ustedes de acá no se llevan a nadie”.

Desde que mataron a Bruno, Marta siempre observó que un policía se apostaba frente a su domicilio todos los días. También observó que desde el 27 de mayo de 2013, día en que desapareció César Adrián, el policía no se apostó más.

Ahora, vuelven a hostigar y amenazar a nuestra familia.

III. De conformidad con el artículo 12 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las desapariciones forzadas, en cuanto establece que:

1. Cada Estado Parte velará por que toda persona que alegue que alguien ha sido sometido a desaparición forzada tenga derecho a denunciar los hechos ante las autoridades competentes, quienes examinarán rápida e imparcialmente la denuncia y, en su caso, procederán sin demora a realizar una investigación exhaustiva e imparcial. Se tomarán medidas adecuadas, en su caso, para asegurar la protección del denunciante, los testigos, los allegados de la persona desaparecida y sus defensores, así como de quienes participen en la investigación, contra todo maltrato o intimidación en razón de la denuncia presentada o de cualquier declaración efectuada.

2. Siempre que haya motivos razonables para creer que una persona ha sido sometida a desaparición forzada, las autoridades a las que hace referencia el párrafo 1 iniciarán una investigación, aun cuando no se haya presentado ninguna denuncia formal.

3. Los Estados Partes velarán para que las autoridades mencionadas en el párrafo 1 del presente artículo:

a ) Dispongan de las facultades y recursos necesarios para llevar a cabo eficazmente la investigación, inclusive el acceso a la documentación y demás informaciones pertinentes para la misma;

b ) Tengan acceso, previa autorización judicial si fuera necesario emitida a la mayor brevedad posible, a cualquier lugar de detención y cualquier otro lugar donde existan motivos razonables para creer que pueda encontrarse la persona desaparecida.

4. Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para prevenir y sancionar los actos que obstaculicen el desarrollo de las investigaciones. En particular, deberán garantizar que las personas de las que se supone que han cometido un delito de desaparición forzada no estén en condiciones de influir en el curso de las investigaciones, ejerciendo presiones y actos de intimidación o de represalia sobre el denunciante, los testigos, los allegados de la persona desaparecida y sus defensores, así como sobre quienes participan en la investigación.

Vengo a solicitar a V.S. adopte de manera urgente las medidas solicitadas, con expresa coordinación con los beneficiarios y mi abogada patrocinante Verónica Heredia, de la modalidad de las medidas a adoptar.

IV. Ante el silencio o negativa de V.S. de la petición que formulo, hago expresa reserva de solicitar estas medidas a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la Petición P-1096-13.

A fin de la adopción de las medidas, dejo mi número celular 0280 154 704108 y el de mi abogada patrocinante Verónica Heredia 0297 154 297469.

Proveer de conformidad

SERA JUSTICIA


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