miércoles, junio 27, 2012

Diputados radicales impulsan una consulta popular sobre el acuerdo firmado con Pan American


Por Bloque de Diputados UCR

El bloque de la Unión Cívica Radical resolvió hoy impulsar y presentar en la Legislatura una convocatoria a “consulta popular vinculante” a la ciudadanía del Chubut para se exprese con respecto a la anulación del “Acuerdo para la implementación de un Compromiso de Inversiones en Áreas Hidrocarburíferas de la Provincia”, suscripto en 2007 con la empresa Pan American Energy para la explotación del yacimiento de Cerro Dragón.

La presentación reivindica “la permanente prédica de la UCR” en esa materia y señala que, “a cinco años de la rúbrica de aquel acuerdo”,  se vuelve a demostrar la certeza de la postura crítica sobre  lo que se considera “uno de los negocios más brutalmente leoninos de la historia de este país”, rescatando las palabras de la presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner sobre los recientes hechos de violencia  desencadenados en el sur del Chubut.

El bloque radical hace un especial pedido al resto de los integrantes de la Legislatura Provincial, al señalar que “estamos convencidos que hoy la ciudadanía debe expresarse con respecto al contrato de PAE”.

 “Lo venimos pregonando desde este bloque. Hoy ante la crisis generada y la falta de respuesta del sector empresario solicitamos el pronto tratamiento de este proyecto de ley”, añade.

Irresponsabilidad empresarial

Los fundamentos del bloque radical destacan al respecto los conceptos presidenciales en su discurso de este 26 de junio en el que se hizo un llamado al conjunto de los argentinos con una especial mención a los empresarios.

La doctora Fernández de Kirchner se refirió allí a las consecuencias y responsabilidades por los sucesos de Cerro Dragón y apuntó directamente a los propietarios de Pan American Energy, a los que tildó como “empresarios que han ganado miles de millones de dólares, con contratos que recién se extinguen en el año 2049 o hasta la extinción de yacimientos”, pidiendo  que “cada uno en esta historia se haga cargo de lo que tiene que hacer”.

Prédica radical

La iniciativa propone una consulta popular vinculante conforme lo determinado por el artículo 262° de la Constitución Provincial y en los términos y alcances de la Ley XII N° 6 (antes Ley 4564), enumerando una serie de violaciones a normas en vigencia en la firma del cuestionado contrato.

La presentación recuerda una propuesta similar en el período legislativo anterior, en el marco de una denuncia incansable sobre el manejo de la actividad petrolera en el Chubut, advirtiendo especialmente  sobre las consecuencias de la operación comandada por Carlos Bulgheroni que firmó el contrato en el 2007 y a los tres años vendió la mitad de su participación a PAE, en 3100 millones de dólares”

Un conjunto de diferentes iniciativas se pusieron a consideración de la Legislatura Provincial en el período legislativo 2007 – 11, reactualizándose la temática a partir del último discurso presidencial, lo que lleva a concluir en que “a cinco años de la rúbrica de este acuerdo queda demostrada la permanente prédica de la U.C.R”.

Violaciones

La nueva presentación señala ahora, entre otras consideraciones, que no se cumplió “con el artículo 96° de la Constitución Provincial que obliga por medio de la oferta pública”, indicando que “aquí se acordó directamente con Pan American Energy (Bristish Petroleum más Bulgheroni)”.

Se agrega que “se violó el artículo 35 ° de la Ley N° 17.319 que establece la cantidad de 25 años como términos máximo de contrato” cuando el acuerdo contrata por 40 años.

La convocatoria se canaliza por medio de dos textos. Uno de ellos para que la ciudadanía se exprese sobre la anulación del “Acuerdo para la Implementación de un compromiso de Inversiones en Áreas Hidrocarburíferas de la Provincia del Chubut” y sus seis Anexos”  y el otro, en los mismos términos, para que se exprese sobre un proyecto de Ley que declare “insanablemente nulo” el mismo acuerdo y adopte igual temperamento de nulidad insanable para la ley VII N° 42 (antes ley 5.616).


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